La Disposición Adicional Séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública ha regulado la profesión del psicólogo sanitario generalista, con la
denominación de Psicólogo General Sanitario. Esta norma detalla cuales son sus funciones: “la realización de investigaciones, evaluaciones e intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del
comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora del estado general de su salud, siempre que dichas actividades no requieran una atención especializada por parte de
otros profesionales sanitarios”.